APLAZAMIENTO DE IMPUESTOS Y SEGUROS SOCIALES

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APLAZAMIENTO DE IMPUESTOS Y SEGUROS SOCIALES

Aplazamiento de impuestos y seguros sociales y otras obligaciones

 

Fianza para el aplazamiento de impuestos y seguros sociales, reclamación de sanciones u otras obligaciones con las Administraciones.

Se emplea en muchas situaciones: ante la Administración Tributaria, la Seguridad Social, impuestos municipales,etc,

Pueden ser presentadas mediante la fórmula de certificado de seguro de caución que le gestionaremos, con el beneficio para la empresa de que este riesgo no computará en CIRBE.

 

Procedimiento para el aplazamiento de impuestos y seguros sociales

 

1. La aseguradora estudia la solicitud del interesado y en caso de aprobarla emite una carta de compromiso.

2. Una vez que la Administración Tributaria haya aprobado el aplazamiento de la deuda, se emitirá la correspondiente garantía.

Avales y caución se encargará de los trámites necesarios para que su empresa disponga de las líneas de riesgo necesarias para solicitar sus garantías, asesorándole en todas las cuestiones que se le planteen.

 

Interesa el aplazamiento de impuestos y seguros sociales

 

Las garantías para aplazamiento de impuestos y seguros sociales les interesan a personas físicas o jurídicas que necesiten realizar aplazamiento de deudas.

Son deudas reclamadas por la Administración Tributaria y de Trabajo, como el Impuesto de Sociedades, el Impuesto de actividades económicas, el IVA, los SEGUROS SOCIALES, ICIO, consignaciones ante los tribunales de Justicia.

 

Contratar esta modalidad de garantías

 

Avales y caución necesitará que, para tramitar su solicitud, nos presenten diversa documentación relativa a sus cuentas anuales completas del ejercicio anterior y cierre provisional del año en curso en fecha cercana a la solicitud.

Además, debe indicarse el modelo e importe del impuesto.

 

Más sobre el aplazamiento de impuestos

 

Si la empresa ha solicitado a la Agencia Tributaria el aplazamiento de pago de una autoliquidación de impuestos y ya tenía otras deudas aplazadas por un importe superior a 30.000 euros, entonces deberá aportar una garantía o fianza.

La cuantía que la empresa deberá avalar supondrá el importe de la deuda, los intereses de demora que genere el aplazamiento, a lo que se añadirá un 25 % de la suma de las dos partidas.

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Complementos:

avalesycaucion.com soluciones en avales caución y fianzas – aplazamiento de impuestos y seguros sociales

 

 

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