AVAL PARA EMPRESAS DE SEGURIDAD

SERVICIOS

Aval para Empresas de Seguridad

EL AVAL PARA EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA; es un requisito de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, que las empresas de seguridad presenten una garantía o aval ante la Dirección General de la Policía. Este organismo depende del Ministerio del Interior y lo solicita para conceder la autorización que permite operar y ser inscritas en el Registro Nacional de Seguridad Privada.
De este modo, esta garantía se solicita para responder de las obligaciones que se derivan del ejercicio de las actividades como empresa de seguridad.
Las actividades desarrolladas y la zona geográfica de actuación determinan el importe de la garantía requerida.

CONTRATACIÓN DEL AVAL PARA SEGURIDAD PRIVADA

Las empresas de seguridad tienen la obligación de presentar la garantía requerida por la Ley 5/2014 de 4 de abril de Seguridad Privada. De esta manera, obtienen la autorización para disponer de la inscripción en el Registro Nacional de Seguridad Privada y pueden comenzar a operar.

GARANTÍAS DEL SEGURO DE CAUCIÓN O AVAL PARA EMPRESAS DE SEGURIDAD

De acuerdo con la Ley que lo regula, la garantía se presenta para respaldar las obligaciones de tipo legal y gastos, a consecuencia de sanciones, a los que debiera enfrentarse la empresa, de acuerdo con el Reglamento de Seguridad Privada.

 

BENEFICIOS POR LA UTILIZACIÓN DE LAS GARANTÍAS DE CAUCIÓN

Las empresas de seguridad prefieren depositar una garantía de caución, antes que un aval bancario por los siguientes beneficios.

– Se evita la pignoración de importe alguno
– Carecen de gastos de estudio o comisión de apertura
– No figuran en la CIRBE, ya que las garantías no corresponden al sistema bancario
– Al evitar la CIRBE, mejora la capacidad de endeudamiento de la empresa
– Resta importes exigibles del balance

Por todo ello, de lo relacionado se benefician tanto las empresas que tienen prevista su inscripción en el registro como las ejercientes.

Las empresas de seguridad que ya cuentan con un aval bancario depositado, pueden canjearlo, asimismo, por un certificado de caución.

 

COMPLEMENTO AL SEGURO DE CAUCIÓN

RESPONSABILIDAD CIVIL DE EMPRESAS DE SEGURIDAD

Para su inscripción en el Registro Nacional de Seguridad Privada, las empresas solicitantes deben presentar también una póliza de seguro de Responsabilidad Civil Profesional.

Avales y Caución provee de las garantías de caución para el ejercicio de la actividad, y también, asimismo, del seguro de Responsabilidad Civil Profesional de Empresas de Seguridad.

SEGURO DE CONVENIO DE EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA

El Convenio Colectivo sectorial para las empresas de seguridad privada 2018-2020 es el que afecta a las empresas dedicadas a esta actividad y es de suscripción obligatoria.

Las empresas de seguridad privada, desde febrero del año 2018, cuentan con un nuevo convenio colectivo. En el ámbito del Estado el convenio colectivo  exige a las empresas de vigilancia disponer de un seguro colectivo de accidentes o de vida. 

 

 

Complementos

 

avalesycaución.com – soluciones en avales, caución y fianzas / Aval para empresas de seguridad

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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