AVAL PARA ALQUILERES

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AVAL PARA ALQUILERES

El aval para alquiler se ha convertido en un elemento bastante habitual en los contratos de arrendamiento. Es lógico  que los arrendadores deseen poseer algún tipo de garantía ofrecida por el arrendatario debido al alto valor de los bienes inmuebles.

Aval para alquiler mediante caución

Cuando se habla de presentar un aval suele pensarse en avale bancarios, sin embargo, las fórmulas para presentar garantías pueden ser otras, como el seguro de caución.

La diferencia entre un aval bancario y una garantía de caución reside en que esta no es emitida por una entidad bancaria, sino por una compañía de seguros especializada en este ramo. La validez, esté quien esté soportando la garantía, es la misma.

Obtención del aval de alquiler

Los avales emitidos por la  banca no suelen ser fáciles de obtener. En muchas ocasiones, las entidades bancarias solicitan que se pignore una cantidad similar a la avalada en una cuenta intervenida por la entidad. ¿Qué significa esto? Que para conceder el aval debe depositarse (pignorar significa dejar en prenda) el importe del aval solicitado.

A efectos prácticos esto quiere decir que en lugar de ser el arrendador quien retiene el dinero en metálico, es el banco el encargado. Si llegara a ejecutarse el aval, es decir, a convertirlo en efectivo por no cumplir el contrato por dejar de pagar la renta, quedándose en el inmueble, o marchándose antes de finalizar el contrato, el banco debería pagar al arrendador el importe avalado cuando este le entregara el documento de aval.

Las garantías o avales emitidas por caución, frente a las emitidas por banco, raramente solicitan pignoraciones. Además, se puede estudiar cierta flexibilidad en la aportación de contragarantías.

Valor añadido del aval de alquiler mediante caución

Las garantías emitidas por caución tienen como valora añadido el hecho de no computar en CIRBE, el registro en el que se anotan las obligaciones de los particulares y empresas con la banca. Cuanto menos abultado sea el CIRBE, menos problemas para financiarse tendrá la persona física o jurídica.

CIRBE es la Central de información de riesgos del Banco de España.

Empleo del aval de alquiler

Las garantías de alquiler mediante caución se puede emplear, de manera preferente, como garantía en el alquiler de locales de negocio y de naves industriales.

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AVALES ANTE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

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Avales ante todas las Administraciones Públicas

La mayoría los avales ante las administraciones públicas que se emiten mediante aval bancario tienen como alternativa ventajosa el seguro de caución.

Existen varias modalidades de garantías de avales ante las Administraciones Públicas.

Las garantías son necesarias ante la adjudicación de un concurso de obra, prestación de servicio o suministro. Se emplean también para la obtención de una autorización administrativa (empresas de seguridad; gestores de residuos; agencias de viaje; producción de energía).

Otras fianzas se presentan para garantizar el pago de sanciones mientras se tramita el recurso; también para el aplazamiento de impuestos y deudas ante la Seguridad Social; como garantías judiciales; así como los avales para acopios que garantizan cantidades de anticipo para la realización de obras.

Avales ante las Administraciones Públicas sin computar en CIRBE

La garantía más conocida es el aval bancario, pero cada día es más popular la garantía de caución. Mediante la caución es una aseguradora quien ofrece el respaldo; no la banca. Por ello, no computa en el registro CIRBE (Central de riesgos del Banco de España); es su  mayor ventaja.

La caución reduce el endeudamiento bancario

El empleo de la caución deriva en la reducción del riesgo de endeudamiento bancario y aumenta la solvencia de la empresa; así tiene más fácil obtener financiación.

La sustitución de los avales bancarios por garantías de caución beneficia el sistema de financiación de las empresas. En la gran mayoría de situaciones en los que se requiere un aval se puede utilizar como alternativa la garantía de caución.

Póliza colectiva

La mayoría de las garantías de caución se emiten sobre una póliza en la que se establece un límite de riesgo máximo a conceder por la aseguradora.

Sobre ese límite establecido, se realizan disposiciones de garantías a medida que el cliente las necesita, en forma de certificados de caución; pueden establecerse sublímites sobre diferentes conceptos: licitación pública; ejecución pública; acopios; fianzas para el ejercicio de actividad; etc.

Si se alcanza el límite y es necesario disponer de más riesgo, es posible solicitar el estudio de la ampliación de línea de riesgo.

Información sobre los avales para las Administraciones Públicas

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