Aplazamiento de impuestos mediante un certificado de caución
El aplazamiento de impuestos con certificado de caución es una fórmula reconocida por todas las Administraciones; Agencia Tributaria, Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.
El certificado de caución se puede aportar de la misma forma que podría entregarse un aval bancario. El uso más generalizado es ante la Agencia Tributaria en la que, siempre que la deuda con ella supere los 30.000 €, deberá entregarse una garantía.
También los Ayuntamientos y las Comunidades Autónomas toman sin impedimento el certificado de caución como garantía para aplazar los impuestos correspondientes. Ello se deriva del reconocimiento del certificado de caución como medio garante en la Ley de Contratos del Sector Público.
Estudios de garantías
La sociedad que necesite presentar un certificado de caución deberá aportar la documentación para su estudio, similar a la que le solicitaría cualquier banco. Deberá facilitarse copia de escrituras, impuestos de los últimos años, cierre provisional del ejercicio reciente, 347, resumen de IVA y trimestrales de este impuesto presentadas hasta la fecha de solicitud.
¿Qué gana la sociedad empleando el seguro de caución?
Utilizar el seguro de caución como medio de garantía tiene como principal ventaja el hecho de que, al no pertenecer al sector bancario, sino al asegurador, las garantías no computan en CIRBE, lo que se traduce en un menor consumo de recursos de la empresa, en un menor volumen de la deuda con la banca registrado, con su repercusión en nuevas obtenciones de crédito en mejores condiciones.
Por otra parte, el sistema de facturación de los certificados de caución es más ventajoso para el cliente, no se cobran trimestres completos, sino días de utilización. Además, no se aplican gastos de estudio ni comisiones de apertura.
En definitiva, si tu sociedad necesita aportar garantías para el aplazamiento de cualquier tipo de impuesto, te recomendamos conocer el seguro de caución y beneficiarte del mismo.