Avales ante Hacienda. Director Finaciero en su trabajo.

Avales ante Hacienda Administración Tributaria

Las empresas pueden tener necesidad de presentar avales ante Hacienda para el aplazamiento de impuestos o presentación de recursos.

La legislación española permite presentar avales empleando garantías de caución (certificado de caución). Con esta fórmula, en lugar de ser una entidad bancaria quien emite los avales, lo realiza una entidad aseguradora.

Las ventajas del empleo de avales emitidos por caución consisten, principalmente:

  • Habitualmente no se requieren pignoraciones.
  • Coste competitivo.
  • No computan en el registro CIRBE
  • Ofrecen discreción. Al no figurar el CIRBE, los bancos con los que opera habitualmente no tendrán conocimiento de las cuestiones que le afectan ante la Administración Tributaria.

Avales ante Hacienda, cómo solicitarlos

Debe comprenderse que un aval es una garantía o respaldo que responde del posible incumplimiento del solicitante del mismo. Por ello, se trata de operaciones sometidas al examen de las aseguradoras que determinarán su aprobación o rechazo.

Para el estudio de las garantías es necesario que las sociedades aporten los datos económicos de los últimos ejercicios (impuesto de sociedades) y un cierre provisional reciente del ejercicio actual, además de las escrituras de constitución de la sociedad y las posibles modificaciones de capital (ampliaciones o disminuciones) si existieran.

Emisión de las garantías

Si a juicio de la aseguradora, una vez analizada la documentación, esta entiende que es posible emitir los avales ante Hacienda, emitirá una carta de compromiso que el interesado presentará ante la Administración Tributaria y, una vez que esta conceda su conformidad, se emitirá la garantía y se le entregará al cliente para su presentación.

Avales ante la Seguridad Social y otras Administraciones

La misma modalidad de avales presentados ante la Agencia Tributaria es posible utilizarla para otras obligaciones ante las Administraciones.

Pueden ser empleados en para aplazar deudas con la Seguridad Social, con Ayuntamientos. También pueden presentarse como fianza ante reclamaciones administrativas (recurso de sanciones, por ejemplo).