CAUCION APLAZAMIENTO DE IMPUESTOS REUNIÓN EN OFICINA

¿Qué es la caución para aplazamiento de impuestos?

La caución para aplazamiento de impuestos es una fórmula para garantizar, ante cualquier administración pública, la obligación de pago de una cantidad reclamada.

Como caución se conoce el ramo asegurador específico que emite garantías o fianzas ante un tercero, ya sea la administración pública, una sociedad o un particular. Por tanto, quien ofrece la garantía en este caso no es un banco, sino una compañía de seguros.

¿Quién emite y qué efectos tiene la caución para aplazamiento de impuestos?

Los efectos del empleo de una fianza emitida a través del seguro de caución son los mismos que los ofrecidos por un aval o garantía bancaria.

Únicamente, algunas compañías de seguros operan en el ramo de caución. Se trata de aseguradoras muy especializadas.

Aplicaciones de la caución para aplazamiento de impuestos

La caución para aplazamiento de impuestos puede emplearse en situaciones como las expresadas a continuación:

  • Aplazamiento de impuestos ante la Agencia Tributaria: IVA, impuesto de sociedades, IRPF.
  • Recursos ante sanciones o reclamaciones de la Agencia Tributaria.
  • Aplazamiento de la deuda de seguros sociales ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Aplazamiento de cualquier deuda ante un ayuntamiento: licencias de obras, reclamación de sanciones e impuestos municipales.
  • Aplazamientos y reclamaciones de impuestos o sanciones de cualquier otro organismo público: ministerio, consejería, diputación, cabildo, etc.

Ventajas del empleo de la caución

Los beneficios ofrecidos por la caución para aplazamiento de impuestos son:

  • Discreción: cualquier garantía solicitada a una entidad bancaria va a figurar en el registro CIRBE, con el consiguiente salto de las alarmas en los bancos con los que opera el solicitante. Por tanto, se ahorra la necesidad de ofrecer explicaciones.
  • No consume recursos: el hecho de no computar en CIRBE las garantías de caución permite no consumir recursos financieros.
  • Saber hacer de la aseguradora: las entidades aseguradoras del ramo de caución son altamente especializadas con unidades que se dedican únicamente a esta actividad. Por ello, actúan como auténticos consulting que ayudarán al cliente a conseguir la garantía que necesita.
  • Saber hacer del gestor de la operación: un corredor de seguros especialista en caución como el propietario de la web avalesycaucion.com que consultan en este momento, sabe qué aseguradoras son más proclives a tomar la operación que le plantean. Además, preparará la documentación de la manera adecuada para agilizar y facilitar las gestiones ante las entidades, y orientará al cliente con su experiencia, todo ello para conseguir que las garantías se puedan obtener en el mínimo tiempo posible.
  • Precio: las aseguradoras del ramo de caución no aplican gastos de estudio, recargos, suplidos ni cualquier otra tasa. El precio de las garantías es, además, generalmente más económico que el de las entidades financieras. Además, el seguro de caución aplica el coste sobre los días de utilización de la garantía, pero los avales bancarios suelen cobrar trimestres completos.

¿Cómo solicitar garantías de aplazamiento?

El procedimiento para aplazar impuestos y seguros sociales se inicia con la comunicación a avalesycaucion.com
de la necesidad y finalidad de la garantía solicitada, iniciándose la fase de documentación, en la que se recabarán los datos necesarios para que la aseguradora pueda iniciar la fase de estudio.

Si la operación es aprobada por la compañía aseguradora, esta emitirá la una carta de compromiso que facilitará al interesado para su presentación en el organismo que requiere la garantía.

Una vez aceptado el aplazamiento de la deuda, la aseguradora emite la garantía para su entrega al organismo público.

Otros datos sobre el aplazamiento de impuestos

La Agencia Tributaria permite aplazar hasta 30.000 € sin presentar fianza, pero si el solicitante ya tenía otras deudas aplazadas por un importe superior a los 30.000 euros, entonces será necesario aportar la garantía.

La determinación de la cuantía que la empresa deberá avalar se calcula de la siguiente manera: importe de la deuda, más los intereses de demora que genere el aplazamiento, más un 25 % de la suma de las dos partidas.