Los interesados en crear instalaciones de energía solar o fotovoltaica deben presentar garantías ante la Administración, llamadas comúnmente «garantías de punto de conexión a red eléctrica», que tienen como objeto proteger a la propia Administración, en el caso de que el promotor desistiera de finalizar la implantación de la instalación. Estas garantías se mantendrán desde la concesión hasta la puesta en servicio de las plantas .
La legislación más reciente relacionada con la instalación de plantas de energía fotovoltaica es el Real Decreto 1073/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifican distintas disposiciones en los reales decretos de retribución de redes eléctricas. Este Real Decreto establece que la garantía a presentar es de 10€ por cada kw instalado.